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Viernes, 18 de octubre de 2024

Salud Pública

El Patronato del Posets-Maladeta aprueba el plan de ordenación de los recursos naturales

El Patronato del Parque Natural Posets-Maladeta ha aprobado hoy por mayoría absoluta el avance del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN).

El PORN es el instrumento de análisis, planificación y regulación normativa que identifica y propone las líneas de actuación para avanzar en la política de desarrollo sostenible en el ámbito del parque y su entorno.

El plan plantea la redefinición de límites para el parque, con una ampliación pequeña ampliación en Els Plans y Viadós de unas 150 hectáreas (términos municipales de Gistaín y San Juan de Plan), lo que establece una superficie final de 33.762 Ha y unas zonas periféricas de protección con una superficie de 6.909 Ha, incluyendo parte de tres lugares de interés comunitario, periféricos al parque, denominados Chistau, Río Ésera y Sierra de Chía-Congosto de Seira, así como otras zonas contiguas al parque que no tienen tal declaración.

Por otro lado, y dado que existe el propósito de declarar a todos los lugares de interés comunitario de Aragón como Áreas Naturales Singulares, se pretende contemplar dichas previsiones también en el PORN para aquellos lugares de interés comunitario que no quedan incluidos en el propio parque.

Respecto a la regulación normativa contiene, en primer lugar, unas disposiciones generales sobre el carácter y los efectos del plan, el régimen competencial y otros aspectos que afectan a todo el ámbito del plan. A continuación se establecen unas normas específicas para la protección de los recursos hidrológicos, paisajísticos, forestales, cinegéticos, piscícolas, fauna silvestre, suelo y gea, atmósfera, etc. que afectan a dichos recursos en todo el ámbito del plan. Finalmente se establecen normas particulares para cada una de las unidades sometidas a ordenación con algún régimen especial: Parque Natural, Zona Periférica de Protección o Área Natural Singular. Destaca en este último bloque la posibilidad de declarar Zonas de Especial Fragilidad para asegurar la conservación de flora o fauna catalogada, mediante orden del consejero de Medio Ambiente y previa señalización sobre el terreno.

En las áreas sometidas a algún régimen de protección se amplían los supuestos en los que determinadas actividades, cuando no estén prohibidas, se someten al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.

Para el Parque Natural, el Plan establece directrices de la gestión, regulando algunas actividades o estableciendo la obligación de su regulación en los instrumentos de planificación del propio parque (Plan Rector de Uso y Gestión y, en su caso, Plan de Uso Público).También se subordina al PORN el Plan de Protección de los Monumentos de los Glaciares Pirenaicos.

El Plan establece criterios orientadores de las políticas sectoriales, en particular se prevé la necesidad de coordinarse con el Organismo de Cuenca en materia de la protección de las aguas. También se destaca la necesidad de proceder a la adecuación del planeamiento urbanístico y, como factor clave para el desarrollo sostenible de la zona, a una adecuada promoción agro-ganadera. Se apuntan también medidas o criterios orientadores sobre el turismo y el uso recreativo. Tampoco faltan criterios en materia de gestión forestal, cinegética, piscícola, vías pecuarias, investigación e información territorial, educación ambiental, sensibilización y formación, etc.

En último lugar se incluye el capítulo de medidas de apoyo al desarrollo socioeconómico compatible con los objetivos del PORN, recogiendo diversas líneas de financiación para el desarrollo local y la mejora de las infraestructuras, apuntando en particular el fomento del asociacionismo de los dos sectores clave para la conservación en el territorio: el ganadero, actualmente en declive, y el turístico, claramente en auge; sectores que deberán implicarse necesariamente en la aplicación y desarrollo del PORN y en la gestión del Parque Natural.

La aprobación del PORN responde al mandato legal por el que se aprobó la creación del Parque Natural Posets-Maladeta, (Ley 3/1994, de 23 de junio).

Por ello, tras realizar en el año 1997 un estudio técnico para establecer las bases ecológicas del plan de ordenación de los recursos naturales y realizar varias reuniones de carácter informativo con los representantes locales, se definió el ámbito de actuación y se puso en marcha el proceso mediante Decreto 77/2000, al tiempo que se inició la elaboración del estudio socioeconómico de bases para la redacción del PORN, estudio que finalizó en febrero de 2002. Con dicho estudio se ha desarrollado un proceso de participación pública con la población local, a fin de detectar sus expectativas y necesidades, e implicarlos en la toma de decisiones.

Paralelamente, se fue trabajando en la redacción de un nuevo borrador del documento del PORN, que se debatió con representantes de diversos sectores y población local en dos reuniones celebradas en Gistaín y Benasque, y se presentó finalmente al patronato del parque que lo analizó con detalle y, posteriormente, lo ha aprobado por mayoría absoluta.

Tras la aprobación del avance del PORN por el Patronato, órgano asesor y de participación social del Departamento de Medio Ambiente, se inicia el proceso de información pública.