Salud Pública
Educación crea nuevas Comisiones de Escolarización para garantizar la corresponsabilidad de todos los centros en el proceso de admisión de alumnos
El plazo para solicitar colegio comienza el 24 de abril y termina el 11 de mayo para todos los niveles educativos, excepto para los Ciclos Formativos de Grado Superior, que será en junio
El proceso de admisión de alumnos para el curso 2001-2002 estará controlado por una serie de Comisiones de Escolarización, que tendrán una composición plural y un carácter permanente, con el fin de garantizar la corresponsabilidad de todos los centros sostenidos con fondos públicos, así como la atención de todas las necesidades socio educativas que puedan surgir a lo largo del curso escolar.
Esta es una de las principales novedades de la Orden de Admisión de Alumnos que aparece publicada hoy en el Boletín Oficial de Aragón y que regula el proceso de solicitud de plaza y admisión de alumnos en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2001-2002.
Según la Orden, "los Servicios Provinciales de Educación podrán constituir tantas Comisiones de Escolarización como consideren necesarias para garantizar el cumplimiento de las normas sobre admisión de alumnos, así como adoptar las medidas oportunas para la adecuada escolarización de todos los alumnos". Estas Comisiones estarán integradas por el director del Servicio Provincial o persona en quien delegue; un representante de cada una de las organizaciones sindicales presentes en las Mesas sectoriales de la enseñanza pública y privada concertada; un representante de FAPAR (Federación de Asociaciones de Padres de Alumnos de centros públicos); un representante de CONCAPA (Asociaciones de Padres de Alumnos de centros privados), dos directores de centros públicos y dos directores de centros privados. En el caso de Zaragoza, se formarán tantas Comisiones como zonas de escolarización existan y en ellas habrá también dos representantes del Ayuntamiento que pertenezcan a la Junta de distrito de la zona de escolarización, más dos representantes del Servicio Provincial de Educación, siendo uno de ellos Inspector.
Distribución equilibrada de alumnos
La composición plural de estas comisiones tiene por objeto garantizar el buen funcionamiento y equidad en el proceso de escolarización de alumnos en los centros sostenidos con fondos públicos. Estos órganos son los encargados de adoptar las medidas necesarias (incluida la reserva de plazas cuando se considere necesario) para facilitar la escolarización de los alumnos con necesidades educativas especiales asociadas a situaciones sociales o culturales desfavorecidas, y tienen que velar por que haya una distribución equilibrada de estos alumnos, evitando una concentración o dispersión excesiva.
El proceso de admisión de alumnos se abrirá el 24 de abril y se prolongará hasta el 11 de mayo, ambos incluidos, para todos los niveles de la enseñanza no universitaria, excepto para los Ciclos de Grado Superior, que deberá hacerse en junio. No obstante, la solicitud de admisión en un centro escolar sólo es necesaria en algunos supuestos, ya que en otros muchos la plaza escolar está garantizada de manera automática. Sí deberá presentarse cuando se quiera cambiar de centro para cursar el mismo nivel educativo, cuando suponga el inicio de las enseñanzas, cuando se quiera cursar la Educación Secundaria en un centro distinto a aquel en el que se hubiera obtenido reserva de plaza o en el caso de no obtener reserva por no existir vacantes suficientes en el centro de adscripción.
Criterios para la admisión de alumnos
Los criterios para la admisión de los alumnos son los mismos que otros años. Se dará prioridad al nivel de renta, a la proximidad del domicilio familiar al centro escolar y a la existencia de hermanos en el centro solicitado, y se valorarán también, como criterios "complementarios", la situación de familia numerosa, la condición reconocida de discapacitado físico, psíquico o sensorial de los padres o hermanos del alumno, así como cualquier otra circunstancia relevante apreciada justificadamente de acuerdo con criterios objetivos que se harán públicos por el centro antes del inicio del proceso de admisión.
La matriculación de los alumnos en los centros admitidos deberá hacerse del 15 al 30 de junio en Educación Infantil y Primaria, y del 1 al 15 de julio, en el resto de las enseñanzas. En los casos en los que sea necesario, se podrá abrir un plazo extraordinario de matriculación entre el 1 y el 10 de septiembre.
Segundo Ciclo de Infantil en centros convenidos
En los centros privados que, cumpliendo los requisitos establecidos para tal efecto, firmen convenios con la administración educativa para la financiación del segundo ciclo de Educación Infantil (de 3 a 6 años), el titular del centro asignará el número de plazas ofertadas a excepción de las cuatro plazas por unidad que obligatoriamente deberán reservar para alumnos con necesidades educativas especiales. Adjudicadas las plazas, el centro remitirá a la Comisión de Escolarización, por separado, la relación nominal de alumnos admitidos, la relación de plazas vacantes y la relación también nominal de solicitudes no admitidas. Tanto en el caso de los admitidos, como de los no admitidos, la solicitud de alumnos con necesidades educativas especiales endógenas, derivadas de situaciones sociales desfavorecidas o pertenecientes a minorías étnicas, deberá ir siempre acompañada del correspondiente informe oficial que acredite tal circunstancia.
Con esta documentación y un informe de valoración del Servicio Provincial de Educación correspondiente, la Comisión de Escolarización confirmará las listas o procederá a su corrección, en orden a garantizar la adecuada escolarización de estos alumnos.