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Lunes, 25 de noviembre de 2024

Patrimonio y Organización

El Gobierno aprueba el decreto de Relación de Puestos de Trabajo que ordena el personal de la Administración y de sus organismos públicos

Sustituye a una regulación que llevaba 26 años de vigencia y que se ha visto superada por los cambios en la Administración en las últimas dos décadas

La nueva RPT amplía la información sobre los puestos de trabajo e introduce criterios objetivos para determinar los requisitos para cada plaza

El Gobierno de Aragón ha aprobado el decreto de Relación de Puestos de Trabajo (RPT), el instrumento de gestión de las personas (funcionarios, personal laboral y eventual) que trabajan en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma y de sus organismos públicos, así como de las entidades de derecho público.

Este nuevo decreto sustituye a la norma que ha estado vigente 26 años y que se ha visto superada por la evolución de la Administración y las necesidades de los puestos de trabajo. Así, la regulación que se aprueba supone una profunda actualización del modelo, refuerza su carácter de herramienta de gestión, favorece la estabilidad organizativa y la adaptabilidad. De la misma manera, busca una mayor eficacia en la prestación de servicios al ciudadano.

La norma se estructura en una parte expositiva y una dispositiva, formada por 34 artículos, cuatro disposiciones transitorias, una disposición adicional, una disposición derogatoria y dos disposiciones finales. Sus principales novedades tienen que ver con la ampliación sustancial de la información que se vincula a cada puesto de trabajo y la objetivación de los requisitos que se deben reunir para desarrollar las funciones de cada plaza, eliminando todos los que no sean medibles. Además, incluye las plazas susceptibles de desempeñarse en modalidad de teletrabajo y describe los puestos exentos o no exentos para embarazadas o mujeres que estén en situación de lactancia.

Así, la RPT señala la naturaleza del puesto de trabajo, su centro de destino, el número en la relación, la denominación, el nivel del puesto, la forma de provisión, su salario base y los complementos vinculados al puesto de trabajo, los requisitos para su desempeño, entre una larga serie de referencias.

El decreto aborda también la fórmula para determinar las áreas funcionales. Se trata de un mecanismo de organización que tiene que ver con los sectores que requieren trabajadores con competencias y conocimientos similares. Su inclusión ha de favorecer la movilidad de los empleados públicos y su progreso en la carrera profesional

El nuevo decreto de Relación de Puestos de Trabajo de la Administración arranca el 11 de enero con una orden del consejero de Hacienda y Administración Pública, Carlos Pérez Anadón, para iniciar el nuevo diseño de una RPT, que se ha elaborado tras realizar un análisis previo de las necesidades.

Todas las modificaciones persiguen eficacia en la prestación de los servicios y la mejora en la utilización de los recursos económicos mediante una mejor distribución de sus recursos humanos, de su mejor formación, promoción y movilidad. En última instancia, el decreto de RPT aporta seguridad jurídica y transparencia de cara a la gestión del personal, pero no supone ninguna restricción de los derechos de los funcionarios. De hecho, se trata de una reglamentación que se aprobó por unanimidad en la Mesa Sectorial de la Administración General (donde están presentes los sindicatos UGT, CCOO y CSIF) y cuenta con el informe favorable de la Comisión Interdepartamental de la Función Pública, de la Secretaría General Técnica del Departamento de Hacienda y Administración Pública y de la Dirección General de los Servicios Jurídicos.

Este decreto se publicará, tras su aprobación, en el BOA, y se remitirá a los departamentos para una última revisión que pudiera generar algún cambio. No obstante, cualquier modificación deberá acompañarse de un informe que lo justifique. El compromiso de la Administración es mantener la RPT permanentemente actualizada.