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Viernes, 22 de noviembre de 2024

Trabajo y empleo

Economía diseña una nueva aplicación para que las empresas que presentan un ERTE puedan conocer su número de expediente

Entrando en aplicaciones3.aragon.es/ERTEX pueden acceder al número de expediente asignado por la autoridad laboral que obligatoriamente deberán comunicar al SEPE para tramitar las prestaciones por desempleo de los trabajadores

El departamento de Economía, Planificación y Empleo ha desarrollado con sus propios medios una aplicación para que las empresas que han solicitado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) puedan conocer el número de expediente asignado por la dirección general de Trabajo, Autónomos y Economía Social. De esta forma, se facilita el acceso de las empresas a este número de expediente que deben comunicar de forma obligatoria al Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) para tramitar las prestaciones por desempleo de los trabajadores afectados por estas suspensiones de contrato o reducciones de jornada que tienen como causa directa la pérdida de actividad como consecuencia del COVID-19.

Además de al SEPE, una vez que la empresa recibe la autorización de su expediente, debe dar traslado de la decisión adoptada al trabajador o trabajadores afectados, a los representantes de los trabajadores, en su caso, y a la autoridad laboral a través de la página web https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/decision-empresarial-calendario-erte-fuerza-mayor/identificacion.

Para conocer el número de expediente, las empresas pueden acceder a la nueva aplicación, diseñada por el personal del departamento, a través de la página web del Gobierno de Aragón o del siguiente enlace directo: https://aplicaciones3.aragon.es/ERTEX/

Alta automática para cobrar la prestación

Los trabajadores afectados por estos expedientes no tienen que realizar ninguna gestión para solicitar la prestación. Todo el proceso se desarrolla con la información que la empresa facilita a la dirección general de Trabajo y al SEPE. El INAEM procede directamente a dar de alta la demanda de empleo, necesaria para poder cobrar la prestación, y mantiene su vigencia sin necesidad de renovarla periódicamente hasta el final del ERTE.