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Miércoles, 11 de diciembre de 2024

Sanidad

El Consejo de Gobierno aprueba los importes de la productividad del personal de Atención Continuada pactados en Mesa Sectorial

El Consejo de Gobierno ha aprobado los importes del complemento de productividad del personal de Atención Continuada, que fueron pactados previamente entre los miembros de la Mesa Sectorial y el SALUD el pasado 24 de febrero en el contexto del Acuerdo de medidas para la mejora de la Atención Primaria en Aragón. En la nómina ordinaria de mayo se procederá a la respectiva regularización retributiva dispuesta en el acuerdo.

Entre las medidas se incluían incrementos en las cuantías correspondientes a los años 2022 y 2023 del complemento de productividad (factor fijo), por el desempeño del puesto de trabajo del personal de Atención Continuada, así como en las cuantías de algunos tramos del complemento de productividad (factor fijo), por el número de TIS asignadas, a partir del 1 de marzo de 2023.

En concreto, y de conformidad con el Acuerdo alcanzando en la Mesa, el mencionado complemento de productividad se incrementa en el mismo porcentaje (5%) en el que fue incrementado el valor de la Tarjeta Sanitaria Individual por un acuerdo anteriormente firmado en la Mesa Sectorial celebrada en marzo de 2021.

Otro punto al que ha dado luz verde el Consejo de Gobierno, y que también estaba incluido en el Acuerdo, es el pago de 200 euros al mes para los médicos de Atención Continuada de nivel 3, y de 120 para el personal de enfermería que se vieron obligados a prestar servicios fuera de su zona de adscripción preferente, desde enero de 2023. De igual manera, los profesionales de nivel 1 y 2 verán fijados los importes de sus complementos de productividad, también desde enero de este año, y tras la subida de carácter general del 2,5% aprobada por el Gobierno de Aragón.

Los últimos tres puntos aprobados por el Consejo de Gobierno contemplan la corrección de las diferencias existentes actualmente entre la retribución entre médicos de familia y pediatras en los intervalos de edad de entre 7 y 13 años, y se crea un complemento específico para los profesionales que tratan a mayores de 80 años dada la complejidad y cronicidad de los pacientes de esa franja, con mayores importes respecto a la de los mayores de 65. Modificaciones que también quedarán reflejadas en las nóminas del personal de enfermería de estas mismas franjas.