El Gobierno de Aragón aprueba las fiestas retribuidas del año 2003
El Consejo de Gobierno celebrado esta mañana ha aprobado el Decreto que regula las fiestas laborales retribuidas, no recuperables e inhábiles para el año 2003.
Según recoge el Estatuto de los Trabajadores aprobado en 1995, cada año deben fijarse las festividades de ámbito nacional que se incluyen en el calendario laboral de días inhábiles. Dentro del límite anual de catorce días festivos, de los cuales dos serán locales, las distintas comunidades autónomas pueden fijar aquellas fiestas que por tradición les sean propias. En este sentido, la Ley 1/1984, de 16 de abril de Cortes de Aragón declaró Día de Aragón el 23 de abril con el fin de conservar y fomentar los símbolos propios de la singular entidad histórica aragonesa y considerando tal fecha como festivo en todo el territorio aragonés a todos los efectos.
Por todos estos motivos, el Gobierno de Aragón ha fijado para el año 2003 los siguientes días festivos:
1 de enero, miércoles, Año Nuevo
6 de enero, lunes, Epifanía del Señor
17 de abril, Jueves Santo
18 de abril, Viernes Santo
23 de abril, miércoles, San Jorge, Día de Aragón
1 de mayo, jueves, Fiesta del Trabajo
15 de agosto, viernes, Asunción de la Virgen María
13 de octubre, lunes (en sustitución del 12 de octubre, domingo, Fiesta Nacional de España)
1 de noviembre, sábado, Todos los Santos
6 de diciembre, sábado, Día de la Constitución Española
8 de diciembre, lunes, Inmaculada Concepción
25 de diciembre, jueves, Natividad del Señor